PROHIBICION DE TRANSPORTAR VIAJEROS :
Esta totalmente prohibido transportar viajeros en las Unidades de Transporte de MM.PP . Todo acompañante ( no viajero ) que este abordo de un vehículo de MM.PP deberá estar en condición de relevar al conductor en cualquier momento. Es decir estará en posesión de cuantas titulaciones y certificados sean exigibles para el conductor.
Y por supuesto podra demostrar la pertenencia, como trabajador a la Empresa de transporte.
El A.D.R. prevé la presencia de Acompañante en el Transporte de la clase 1 ( Explosivos ).