CONOZCA LA NORMATIVA RELATIVA A LA REGULACIÓN DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS.

ADR – IATA – IMDG – RID

Para entender la normativa que afecta al ADR, nos gusta remitirnos a este texto definitorio de la ley que de forma sencilla lo explica de forma clara.

 

El Real Decreto 97/2014

Sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, exige que, las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera o que sean responsables de las operaciones de carga, descarga o embalado vinculadas a dicho transporte, deberán designar, en función del modo de transporte y de las mercancías transportadas, al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a dichas actividades.

LE OFRECEMOS DOCUMENTOS CON LA NORMATIVA ADR

 

Los documentos aquí recogidos tienen únicamente carácter informativo; sólo los publicados en el Boletín Oficial del Estado o contenidos en certificaciones emitidas de conformidad con la normativa vigente tienen carácter de auténticos.

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ADR

ADR o Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, 30 de septiembre 1957, Ginebra.

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Orden FOM/605/2004 de 27 de febrero

Orden FOM/605/2004 de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.

Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero

Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español

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Resolución de 21 de noviembre de 2005

Resolución de 21 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Transportes por Carretera, sobre la inspección y control por riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas por carretera (BOE 30)

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Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre

Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable

Orden FOM/2924/2006 de 19 de septiembre

Orden FOM/2924/2006 de 19 de septiembre, por la que se regula el contenido mínimo del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable (BOE 26)

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