TES/943/2012, de 4 de Mayo, por la que se hace publica la segunda convocatoria de las pruebas para la obtencion y la renovacion del certificado de capacitacion profesional para el ejercicio de la actividad de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril.
Artículo 1
1.1 Las condiciones de la presente convocatoria sonlas establecidas en la Reso-lución PTO/641/2004, de 11 de marzo (DOGC núm. 4096, de 22.3.2004), excepto las relativas al plazo de presentación de las solicitudes para concurrir a las pruebas y de pago de la tasa, que se establecen en el apartado siguiente.
1.2 Las solicitudes para concurrir a las pruebas se deberán presentar entre el 1 y el 8 de octubre de 2012. El último día para el pago de la tasa será el 22 de octubre de 2012.
Artículo 2
Las fechas y el lugar de realización de las pruebasse determinarán mediante resolución de la Dirección General de Transportes y Movilidad y se publicarán en el DOGC.
Artículo 3
Determinar la composición del tribunal calificador de las pruebas mencionadas, que se publica en el anexo 2 de esta Resolución.
De acuerdo con lo que establece el artículo 24.1 del Decreto 138/2008, de 8 de Julio, el personal que colabore con el tribunal en las labores de preparación y vigi-lancia de las pruebas tendrá derecho a la percepción de asistencias en las cuantías siguientes:
Coordinador: 31,25 euros/hora.
Ayudante: 15,63 euros/hora.
Artículo 4
Las solicitudes de revisión de examen se deberán presentar por escrito en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación de los resultados, por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régi-men jurídico de las administraciones públicas y delprocedimiento administrativo común, y deberán dirigirse al presidente del tribunal.