RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2012, del Director de Transportes, por la que se convocan pruebas de constatación y renovación de la capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo único.– Se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para la obtención del título de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera para nuevos aspirantes y pruebas de renovación del título para los casos en que dichos títulos definitivos estén, al día de la publicación en el BOPV de esta Orden, dentro del año anterior
a su expiración.
Tercera.– Solicitudes.
1.– Las solicitudes para tomar parte en las pruebas deberán realizarse a través de la página web que la Dirección de Transportes del Gobierno Vasco ha establecido al efecto (www.euskadi. net/consejeros).
2.– El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de esta convocatoria.
3.– Una vez confeccionada la solicitud mediante la página web, se obtendrá la liquidación de la tasa en concepto de derechos de examen por un importe 20,32 euros por cada prueba a la que se pretende concurrir, según establece el artículo 27. Dos 4.2.1 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, y la disposición final primera, apartado 5, de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público.
El pago de estas tasas podrá realizarse de modo «on line» (por internet, a través de la propia web), o bien de modo «off line».
En el modo Off Line, estas liquidaciones que incorporan un código de barras, pueden abonarse en cualquiera de las oficinas de las Entidades Financieras Colaboradoras (CajaVital, Gipuzkoa Donostia Kutxa, BBK, Caja Laboral, BBVA, Santander Central Hispano y Banco Guipuzcoano), en los cajeros automáticos con lector de código de barras de las mismas, las 24 horas del día, y deberán hacerse efectivas dentro del plazo de presentación de solicitudes, no permitiéndose hacerlo durante el plazo concedido para subsanar errores.
La no realización del pago dentro del plazo de presentación de solicitudes dará lugar a la exclusión del aspirante.
4.– Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, la Dirección de Transportes dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, y se publicarán en internet.
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución, para subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, esta Dirección de Transportes declarará aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, y la hará pública en internet.