DISTANCIA DE SEGURIDAD RGC Art.45 y 54.
– Todo conductor deberá adaptar la velocidad además de guardar una distancia con el Vehículo que le precede que le permita detenerse en caso de frenado brusco, dependiendo de factores como , Condiciones climáticas y Estado de la vía , además de tener en cuenta el tipo de Vehículo que se conduce.
– Así los Vehículos de MMA > 3500 Kg.. Y los Vehículos y conjuntos de Vehículos de mas de 10 mtrs. Deberán guardar como norma general una distancia con el vehículo precedente de 50 mtrs.
No será de aplicación en :
a) Poblado
b) Donde este prohibido adelantar
c) Donde haya mas de un carril para cada sentido
d) Circulación Saturada