PROHIBIDO INGERIR ALCOHOL : RGC . Capitulo IV
Esta prohibido conducir vehículos que transporten MM.PP. bajo la influencia del alcohol u otras substancias toxicas, estupefacientes o fármacos que afecten a la seguridad en la conducción.
TASA DE ALCOHOL:
En sangre : 0,3 gms por litro de sangre.
En aire expirado : 0,15 ml/gms por litro. El negarse a efectuar estas pruebas conlleva, poder ser sancionado y además la inmediata inmovilización del vehículo